Hablemos de gestión – 12. Comparativa entre Asociaciones y Fundaciones (Cont.)
Continuamos la comparativa iniciada en la entrega anterior entre asociaciones y fundaciones, tocando temas como transparencia, rendición de cuentas, financiación, régimen fiscal, disolución y contratación de miembros del órgano de gobierno.
Información sobre Gestión de Asociaciones y Fundaciones
en relacion a la cuestion fiscal y obligaciones en la asociacion cuando un socio que tiene un habilidad y dar una formación al resto de socios y se le da una cantidad por la compensacion de tiempo y dedicacion .. esto se puede hacer legalmetne.. hay que tributar … si se trae de fuera alguien para dar ese servicio como sería.. ¿donde se pueden realizar este tipo de consultas?
Hola, esta cuestión que planteas es muy habitual en asociaciones más o menos pequeñas. En principio, cualquier ingreso por realizar un trabajo que recibe una persona es una «renta», de cara al IRPF. Esto quiere decir que si no se realiza una retención estamos hablando de un ingreso «en negro». Posteriormente, cuando una persona a la que se le ha practicado una retención realiza su declaración de la renta, esta cantidad retenida restará sobre lo que le salga a pagar (o aumentará la devolución, según cómo le salga la declaración). Únicamente si no está obligado a presentar la declaración de IRPF se puede considerar que es directamente el pago del impuesto, ya que no tendrá opción a la devolución.
Tienes más información sobre las retenciones de IRPF en la Guía de Gestión de ONGs.
Más en general, hay un resumen de lo más básico en fiscalidad de las asociaciones en este artículo: «Toda» la fiscalidad de las asociaciones.
Un saludo
César Valencia