Hablemos de Gestión – 25. Mi Asociación en la Nube
Aplicaciones en la nube, redes sociales, repositorios sociales… para una entidad pequeña, si no cuenta con «nativos digitales» puede parecer que tener presencia en Internet es algo excesivamente complicado. Y precisamente se ha vuelto más asequible que nunca.
En este podcast realizamos un primer acercamiento a las redes sociales, al objeto de proporcionar información a quienes han oído hablar de ellas pero no tienen claro qué pueden aportar a la comunicación de su entidad…
Titulo: 25. Mi Asociación en la Nube. Invitado: Adrián Aguayo. |
|||
Descargar audio (botón derecho, guardar como) |
Información sobre Gestión de Asociaciones y Fundaciones
estoy en una asociación sin ánimo de lucro pequeñita, necesito saber si las actas de las asambleas hay que llevarlas a registrar y si hay plazos. pertenece a la Comunidad autónoma de Castilla la Mancha, en concreto provincia de Cuenca. Ruego aclaración o información de a dónde dirigirme (leyes, reglamentos….). Gracias anticipadas.
Hola, Esperanza.
Es complicado dar respuesta a consultas sobre normativa local. No obstante, hasta donde sabemos, los libros de actas (u hojas separadas con numeración correlativa para ser encuadernadas después de imprimirlas) se legalizan en el Registro Mercantil o en un notario antes de utilizarlos. No hemos oído mencionar en ningún caso un trámite de registro posterior de las actas. Realmente, las deliberaciones y decisiones de los órganos de la asociación son asunto privado, salvo algunas cuestiones concretas a las que se le da publicidad mediante la inscripción registral (dirección, estatutos, personas en el órgano de representación de la entidad, pertenencia a federaciones…). Para ello sí se envía al Registro correspondiente un certificado del secretario con el contenido del acta que afecta a esos datos públicos.
Un saludo
César Valencia