La nueva ley del Tercer Sector de Acción Social
Con su publicación en el BOE, el pasado 10 de octubre, entra en vigor la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social. El propósito de esta ley es regular –poco, la verdad– estas entidades en el ámbito estatal, dar carta oficial a su representación ante la Administración General del Estado y definir medidas de fomento.
De manera transitoria, mientras se articula un mecanismo de financiación del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal, esta ley incluye la concesión de subvenciones nominativas a entidades representativas del sector.
Posiblemente será igualmente importante para algunas de las entidades del Tercer Sector de Acción Social que se prevé el pago de obligaciones pendientes de las Comunidades Autónomas en convenios de colaboración, que no entraron dentro del ámbito del pago a proveedores de las entidades locales y autonómicas que ya se articuló en su día al no tratarse de facturas de proveedores.
Director de la Fundación Gestión y Participación Social. Experto en gestión de Entidades No Lucrativas.
Esta ley por lo que veo si afecta a las asociaciones o fundaciones y al sus federaciones, pero ¿sustituye a la ley de asociaciones vigente?
Sustituye a la ley de voluntariado de ámbito estatal (Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado), pero no sustituye ni influye sobre ninguna ley de voluntariado de comunidad autónoma.