Guía práctica para rellenar el formulario de solicitud de NIF provisional o definitivo de una asociación


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La Agencia Tributaria ha habilitado un procedimiento excepcional, para permitir la obtención del NIF provisional sin necesidad de personarse en las oficinas. La información está en esta página:

Procedimiento excepcional para la obtención del NIF de forma no presencial


El primer paso en la vida de una asociación –al margen de la inscripción en el Registro de Asociaciones– suele ser la solicitud de NIF. Esto, que aparenta ser un procedimiento trivial, en la práctica representa un reto para quien tiene que enfrentarse a un formulario que ofrece muy pocas claves de interpretación de qué es eso que nos están preguntando en algunas de las casillas. De hecho, el modelo 036 puede resultar intimidatorio, dado que aúna procedimientos diversos. Lo normal será que dejemos en blanco casi todo, porque no se corresponderá con aquello que estamos solicitando.

Lo primero: ¿NIF o CIF?

Antes, se solía emplear el término «CIF» para personas jurídicas y «NIF» para personas físicas no extranjeras. Sin embargo, «NIF» también era el término genérico que lo engloba todo.

Comprobarás, al solicitarlo, que ahora Hacienda opta por llamarlo «NIF».

¿Cuándo se solicita?

El plazo es de un mes desde la constitución de la entidad. Sin embargo, es necesario contar con la resolución de inscripción de la asociación. El Registro de Asociaciones que corresponda puede tardar más o menos, dependiendo de varios factores (por ejemplo, nuestros estatutos pueden contener errores que sea necesario subsanar).

Si necesitamos el NIF de forma inmediata, podemos pedir un NIF provisional. Una vez nos han comunicado que la asociación está efectivamente inscrita, pasamos a solicitar el NIF definitivo (el número se mantiene). Si no tenemos prisa, podemos optar por esperar al Registro y solicitar directamente el NIF definitivo.

¿Cómo rellenar la solicitud?

En el modelo 036, es preciso rellenar en la página 1 el nombre de la entidad y marcar la casilla [110] o –si ya disponemos de NIF provisional– la casilla [120].

Al pie de esta página 1 están el lugar, fecha y firma. Normalmente, el documento lo firmará el presidente, en calidad de representante de la entidad. En caso de no ser posible, la entidad puede nombrar un apoderado, mediante poder notarial.

En la página 2B identificamos a la entidad, que normalmente será «persona jurídica o entidad residente en España» [B1]. Procederemos a aportar los datos que se solicitan, como denominación, fecha de constitución, domicilio, etc.

La asociación sí tiene personalidad jurídica. Si estamos solicitando el NIF definitivo, marcaremos la casilla [68] y, en el desplegable [69], seleccionaremos el tipo de entidad (asociaciones Ley Orgánica 1/2002, asociaciones de consumidores y usuarios, otras asociaciones..), atendiendo a la ley que figurará citada en el inicio de los estatutos de la entidad.

Si lo que estamos solicitando es el NIF provisional y la entidad está en proceso de constitución, no rellenamos las casillas [68] y [69], sino las [78] y [79] (asociaciones de consumidores y usuarios en constitución, asociaciones Ley Orgánica 1/2002 en constitución…)

En la página 3, identificamos al representante legal (será una «alta de representante»):  NIF [304], apellidos y nombre [305], residente [306] y tenemos en cuenta lo siguiente:

Causa de la presentación [330]: Legal

Clave [331]: normalmente, la clave será «02» (personas jurídicas residentes o constituidas en España)

Tipo de representación: normalmente, será «individual»

Título de la representación: normalmente también, será «13» (documento privado sin firma legitimada notarialmente).

Por supuesto, en algunos casos puede corresponder otra respuesta. Por ejemplo, cabe la posibilidad de que la entidad sí se constituya mediante un documento con firma legitimada notarialmente (es obligatorio para los clubes deportivos de ámbito estatal, por ejemplo).

En la página 8, se nos solicita identificar a los socios de la entidad. Los datos imprescindibles son los de identificación nada más.

Documentación a aportar

Según la Agencia Tributaria, la documentación a aportar para la solicitud de NIF de una asociación es la siguiente:

  1. Original y fotocopia del Acta fundacional de la asociación, que incluirá el acuerdo de constitución y los estatutos (el Registro os habrá devuelto un ejemplar de los estatutos troquelado o sellado. En caso de estar en tramitación la inscripción en el Registro, habría que sustituirlo por un original del acta y los estatutos, es decir una copia idéntica de la documentación presentada para la inscripción, con firmas originales).
  2. Certificado de inscripción en el correspondiente Registro (o documento que acredite haberla solicitado, si todavía está en trámite).
  3. Fotocopia del NIF de la persona que firme el modelo 036, salvo que sea la misma persona que lo entrega y les autorice a comprobar sus datos de identidad.
  4. Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma el modelo 036 (si es el presidente, normalmente figurará así en los estatutos y no será necesario).

Más información sobre el NIF en la Guía de gestión de ONGs

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