Me han copiado

Qué sientes cuando una «entidad social» se apropia de algo que creías tuyo

Buscando información en Internet sobre el uso del certificado digital, encontré un documento que, al cabo de un rato, me empezó a parecer familiar. Enseguida, fui a dar con una frase que inequívocamente era mía, porque recuerdo el tiempo que estuve sopesando la posibilidad de emplear la palabra «validez» y finalmente opté por «funcionalidad», que me pareció más ajustado a la realidad aunque fuera un término más improbable en ese contexto.

Esto es inevitable: por muy desmañado que sea el estilo de un post, detrás siempre existe un tiempo de trabajo. Personalmente, no publico nada que no haya releído un mínimo de tres veces, a menudo realizando correcciones sobre el texto original.

Así que, a pesar que en parte te puedes sentir halagado porque alguien haya considerado tu trabajo digno de ser reproducido en su página web, por otra parte no podía evitar una sensación desagradable por la forma en que se había producido todo. Mi artículo estaba claramente firmado y no es tan difícil acceder a nosotros para pedirnos permiso. Nosotros desarrollamos un programa que trata de hacer accesible (y gratuita, en la medida de lo posible) a las personas de las entidades no lucrativas la información necesaria sobre gestión de este tipo de organizaciones.

Puedes pensar que igual se trata solamente de similitudes, que al fin y al cabo sobre un mismo tema es fácil que se coincida en lo que hay que decir o que, simplemente, se han inspirado hasta cierto punto en nuestro artículo… Pero no es ese el caso. Está todo transcrito tal cual, eliminando algún párrafo, eliminando las imágenes (una pena, eran una buena ayuda para los lectores, pero igual hacían demasiado evidente la identidad de ambos textos) y añadiendo apenas tres párrafos.

Puedes juzgar por ti mismo. Este es el artículo Cómo obtener un certificado digital para nuestra asociación publicado en mayo de 2018 nuestro blog y este es el documento copiado.

Bien, no se trataba de ninguna obra artística ni científica, pero pones lo mejor de tu esfuerzo en ello y tienes la impresión de poseer derechos morales sobre la utilización de tu trabajo. Que se escribió con la esperanza de que alcanzara la mayor difusión posible, pero no de que otros dijeran que lo han hecho ellos.

Esto da pie a alguna reflexión. En una entidad puede ser difícil mantener el control interno necesario en un proyecto que incluye elaboración de contenidos. Pero hay que esforzarse. Tal vez la entidad no es conocedora de que un colaborador ha presentado como trabajo propio lo que era de otros o tal vez se ha actuado pensando que era correcto hacerlo así. Pero, al final, esto involucra a la imagen de la entidad y puede verse perjudicada a la larga. Hay que esforzarse más.

No es la primera vez que sucede esto con un contenido de nuestra fundación. Que tengamos conocimiento, al menos ha ocurrido otras dos veces con anterioridad. En uno de los casos, alguien que trabajaba para otra entidad en la elaboración de parte de una publicación dirigida a personas de asociaciones incluyó casi en la totalidad de su capítulo lo que ya estaba disponible gratis en nuestra web. Cuando se descubrió, el editor tuvo que retirar la publicación impresa y sustituir urgentemente el capítulo entero. La fundación que editaba la publicación tuvo que explicarse ante el financiador (Obra Social de la Caja de Madrid) y la persona en concreto… bien, la verdad es que no sé qué sucedió, pero no es un buen antecedente en el curriculum de nadie.

El verdadero problema es que una entidad corre riesgos actuando así. ¿Merece la pena? Somos entidades privadas, pero en cierto sentido también somos iniciativas públicas. Lo que genera los recursos de los que disponemos es el apoyo social y, en algunos casos, la financiación pública. Eso exige un compromiso con la honradez y el cumplimiento de las normas. Cuando no existe ese compromiso se pone en riesgo el apoyo social, que en entidades así es enormemente importante.

En este caso concreto, hay algo que invita a pensar más detenidamente en las consecuencias: al colocar el logotipo de su entidad en la portada se está apropiando esta asociación de algo que escribí yo. Pero es que la existencia de un logotipo del Instituto de la Juventud en la portada permite sospechar que además alguien pagó –tal vez– por el trabajo (como había sucedido en el caso anterior).

Haciendo un poco de ficción, si esto lo hubiera pagado una subvención, el asunto adquiriría una dimensión mayor. En caso de no existir coste pero sí asignar un coste en la justificación de la subvención, podría pensarse que a la entidad pudo permitirle emplear ese importe para algo ajeno al proyecto subvencionado o incluso ahorrarlo para proyectos futuros. Y eso no tiene cabida en la normativa que rige las subvenciones: «El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada» (artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

En esa misma ley se considera infracción leve la presentación de cuentas justificativas inexactas o incompletas e infracción muy grave «la no aplicación, en todo en parte, de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue concedida» (artículo 58.b)

Por supuesto, desconozco si se produjo algo de esto, pero la mera posibilidad de que alguien pueda pensarlo no es bueno para la imagen de la entidad. No es de suponer que, en sí, si esto hubiera ocurrido pudiera dar lugar a una sanción pecuniaria cuantiosa, porque no parece que se pueda justificar un coste muy alto en la elaboración de ese documento (desde luego, mi artículo no era para tanto). No obstante, las sanciones administrativas previstas en esa ley se gradúan atendiendo a ciertos factores que se considera que agravan la conducta sancionada, entre ellos (art. 60):

c) La utilización de medios fraudulentos en la comisión de infracciones en materia de subvenciones. A estos efectos, se considerarán principalmente medios fraudulentos los siguientes:
[…]
2º. El empleo de facturas, justificantes u otros documentos falsos o falseados.

En resumen, ¿merece la pena? Seguramente, nos ganamos al menos un «enemigo» (la persona perjudicada, el autor, que posiblemente se sentirá burlado), ponemos en riesgo el buen nombre de la entidad y podrían darse las circunstancias para que se le aplicase una sanción administrativa. Yo creo que merece la pena que las entidades sean –y parezcan– buenas ciudadanas.

E insisto en que el artículo se puede consultar gratis, que estaba escrito para ofrecer información a todo el que la quisiera y que no había expectativa alguna de que nadie pagase por él. Pero –perdonádmelo– estas cosas molestan.

Comments
  1. Maria

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